El 17 de septiembre de 2025, el presidente Gustavo Petro televisó -como de costumbre- una sesión del Consejo de Ministros. Allí, afirmó: “Una mujer libre hace lo que se le dé la gana con su clítoris y con su cerebro, y si sabe acompasarlo, será una gran mujer”. El comentario fue criticado inmediatamente desde la ciudadanía, colectivos feministas y funcionarias del Estado, quienes señalaron que sus afirmaciones eran machistas. El mandatario negó las acusaciones.
Al ver el panorama, la ciudadana Tatiana Echavarría Arango decidió interponer una acción de tutela ante un juzgado de Bogotá argumentando que las afirmaciones del jefe de Estado reproducían estereotipos sexistas. En la tarde del 17 de octubre, el juzgado le dio la razón a Echavarría, y estableció que el presidente tiene 5 días para retractarse y pedir disculpas públicas.
Según el juzgado -y respaldando a cientos de mujeres que ya lo habían señalado-, insinuar que una mujer puede ser “grande” si “acompasa su clítoris” es un discurso que atenta contra la dignidad y el derecho a un trato justo.
De hecho, en su momento, Edna Bonilla Sebá, exsecretaria de Educación de Bogotá y docente de la Universidad Nacional, aseguró: “Afirmar que el éxito de una mujer depende de “acompasar” el clítoris con el cerebro es profundamente ofensivo e irrespetuoso. Las mujeres triunfan con educación, talento, disciplina, oportunidades y carácter. Este tipo de frases vulgares reducen a estereotipos y desprecian las luchas históricas de tantas mujeres valientes”.
En defensa, el presidente Petro aseguró que sus palabras no fueron discriminatorias, y redujo el debate a la terminología, asegurando que “las glándulas y los músculos” del cuerpo deben ser “llamados por su nombre”; y añadió que hablar de sexualidad no debería ser un tabú, sino que estudiarla es el verdadero camino hacia la libertad.
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El juzgado no lo consideró así, sino que resaltó que, tal y como lo expresaron Bonilla y Echavarría, la afirmación del presidente, “reproduce estereotipos de género de tipo sexista y patriarcal que afectan directamente la integridad moral, la dignidad, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres”.
El documento agrega que el discurso de Petro se desenmarca de los límites de libertad de expresión consagrados en la Constitución Política de Colombia.
“La expresión trata justamente sobre los discursos prohibidos “la apología del odio nacional, racial, religioso o de otro tipo de odio que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad, la violencia contra cualquier persona o grupo de personas por cualquier motivo”. En ese sentido, a la expresión en cuestión constituye a todas luces discriminación en razón al género, afectando los derechos fundamentales de las demandantes y de todas las mujeres del país”, estableció la justicia luego de analizar la tutela.
El juzgado, además, señaló que las afirmaciones discriminatorias del presidente son de mayor gravedad debido a que, por su posición de poder y reconocimiento, tienen un mayor impacto sobre la ciudadanía.
“Es el Presidente de la República como cabeza del Estado colombiano, quien se ha referido en estos términos tan indignantes hacia las mujeres, olvidando que la Constitución y la ley le imponen el deber y la obligación de respetar celosamente y con mayor rigor los derechos de todas las personas”, estableció el juzgado, que también añadió que arremeter contra una población históricamente oprimida -como las mujeres- es otro agravante.
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En la tutela, Echavarría habló por ella y por su hija: pidió que el mandatario les extendiera una disculpa por su discurso violento. La ciudadana insistió en que aquella frase no solo reproduce estereotipos sexistas, sino que también afectan la formación democrática de niños y adolescentes.
Ante los hechos, el juzgado 66 del Circuito Judicial de Bogotá, dictaminó que el presidente Petro no solo deberá pedirle disculpas a la mujer que lo entuteló y a su hija, sino a todas las mujeres del país.
La decisión, firmada por el juez Milton Jojani Miranda Medina, también establece que el jefe de Estado deberá abstenerse de hacer otra afirmación como esa en el futuro; y deberá participar en una capacitación obligatoria sobre género, diversidad e inclusión.
Por último, pero no menos importante, el juzgado también constató el plazo de cinco días que tendrá el presidente Gustavo Petro para retractarse por los comentarios.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿En qué consiste la decisión judicial contra Petro?
- Un juez ordenó que Petro se retracte públicamente en 5 días por su frase sobre el clítoris, ordenando además capacitación obligatoria sobre género.
- ¿Quién interpuso la tutela y por qué?
- Tatiana Echavarría Arango interpuso la tutela, argumentando que la frase vulneró derechos de las mujeres y promovía discursos discriminatorios.
- ¿Dónde debe hacer la retractación y bajo qué condiciones?
- Debe realizarla en un Consejo de Ministros televisado, por los mismos canales que transmitieron la sesión original, e incluir disculpas públicas.