El Tribunal Superior de Bogotá revocó la detención domiciliaria del expresidente Álvaro Uribe Vélez y le concedió la libertad provisional este martes.
El exmandatario había sido condenado el pasado 1 de agosto por la juez Sandra Heredia a 12 años de prisión por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal. En ese mismo fallo se le impuso detención domiciliaria inmediata, la cual cumplía en su residencia en Rionegro, Antioquia, bajo custodia del Inpec.
Tres días después, Uribe interpuso una acción de tutela argumentando la vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad, la dignidad humana, el debido proceso y la presunción de inocencia. Esa tutela abrió la puerta para que el Tribunal Superior reconsiderara la medida y le concediera la libertad provisional mientras se resuelve la apelación de la condena.
Contexto: Atención: Fallo de tutela ordena libertad provisional del expresidente Álvaro Uribe
En su primera declaración por medio de su cuenta de X, Uribe expresó: “Gracias a Dios, gracias a tantos compatriotas por sus expresiones de solidaridad. Cada minuto de mi libertad lo dedicaré a la libertad de Colombia”.
Por otro lado, el senador Iván Cepeda aseguró que respetan la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, aunque no la comparten. Según Cepeda, tienen “la plena certeza de que el condenado expresidente viene realizando numerosas acciones de presión a la justicia, campañas en contra nuestra”.
Añadió que la medida de la juez Heredia, que imponía detención domiciliaria, buscaba protegerlos de este tipo de acciones. Sobre los próximos pasos, Cepeda afirmó que “vendrá la apelación, vendrán las acciones que nosotros probablemente desarrollaremos, pero con toda la calma y la serenidad, respetamos esa decisión”.
¿Por qué el fallo?
Tres días después de ser notificado con la detención domiciliaria en su residencia de Rionegro, bajo custodia del Inpec, Álvaro Uribe presentó una acción de tutela argumentando que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, entre ellos la libertad, la dignidad, el debido proceso y la presunción de inocencia.
Tras revisar los argumentos de las partes involucradas, el Tribunal Superior de Bogotá decidió amparar el derecho fundamental a la libertad individual del expresidente.