El creador de DMG, David Murcia Guzmán, solicitó ante el Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá que se le conceda la libertad inmediata, argumentando que ya cumplió una condena en Estados Unidos por los mismos hechos por los que fue procesado.
La petición fue presentada formalmente por su defensa el pasado 20 de abril y quedó registrada en el sistema de la Rama Judicial. En el documento, los abogados pidieron el reconocimiento de la sentencia extranjera y, en consecuencia, la extinción de la pena que actualmente cumple en Colombia.
Murcia Guzmán permanece recluido en la cárcel La Picota, por una condena de 30 años de prisión por los delitos de lavado de activos y captación masiva de dinero.
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Ahora, el juzgado deberá analizar la solicitud y verificar si procede el reconocimiento de la condena cumplida en el exterior. En ese proceso, también tendrá que revisar si el procesado tiene otros asuntos pendientes con la justicia colombiana que puedan incidir en una eventual decisión sobre su libertad.
En abril de 2024, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le negó la libertad a Murcia Guzmán. En ese momento, el abogado del polémico hombre alegaba que a su cliente se le vulneraron los derechos por haber sido juzgado dos veces por el mismo delito, lo cual está prohibido en la Constitucional Política de Colombia.
Murcia pidió ser enviado a casa y, en consecuencia, revocar las decisiones de la Sala Penal del Tribunal Superior Judicial de Valledupar y el Juzgado 4 de Ejecución de Penas de la capital del Cesar, que previamente le habían negado la excarcelación.
En ese momento, para confirmar que seguiría preso, la Corte Suprema explicó que Murcia contaba con otras alternativas para solicitar la nulidad de lo actuado en Valledupar.
“No es posible estudiar de fondo lo propuesto por el abogado de David Eduardo Helmunt Murcia Guzmán, debido a que el juez de tutela se inmiscuiría indebidamente en un asunto de competencia de los jueces naturales y sobre el cual aquel tiene a su disposición medios de defensa aptos para garantizar la protección que se reclama en la residual y subsidiaria solicitud de amparo”, se lee en el fallo del alto tribunal.
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