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Dimayor rechazó la apelación del DIM por sanciones tras desorden en la final contra Santa Fe

El Comité Disciplinario negó el recurso de reposición presentado por el DIM tras los incidentes en la final ante Santa Fe, debido la invalidez de los argumentos presentados.

  • La sanción del DIM aplicará tanto para Liga como para partidos de Copa Colombia. Foto: Camilo Suárez.
    La sanción del DIM aplicará tanto para Liga como para partidos de Copa Colombia. Foto: Camilo Suárez.
hace 2 horas
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A pesar de los argumentos presentados por el Independiente Medellín para reducir el castigo, la Dimayor confirmó este 18 de julio de 2025 la sanción impuesta al club por los hechos ocurridos en la final de la Liga BetPlay 2025-1. El equipo deberá cumplir seis fechas con suspensión parcial de tribunas y pagar una multa de más de 15 millones de pesos.

¿Qué solicitó el Medellín en su apelación?

El Independiente Medellín aceptó los hechos reportados por los oficiales del partido, pero solicitó que la sanción se aplicara de forma más específica, limitando el cierre a la Tribuna Norte Baja, ya que allí se habría concentrado la activación de pirotecnia.

“Las sanciones deben ser proporcionales y reflejar una evaluación justa de la situación, especialmente cuando están en juego los derechos de aficionados que no participaron en los actos”, expresó el club en su recurso, citando su preocupación por castigar a hinchas que se comportaron de forma adecuada.

El equipo también argumentó que había implementado protocolos de seguridad y realizó acercamientos con líderes de las barras para prevenir incidentes, tanto antes como después del evento.

¿Por qué la Dimayor negó el recurso?

El Comité Disciplinario argumentó que, tras revisar los informes oficiales y las imágenes del partido, el uso de objetos inflamables fue generalizado en toda la Tribuna Norte, tanto en la parte alta como en la baja, y no se pudo comprobar la sectorización exacta de los hechos como solicitaba el equipo.

Más de la Liga BetPlay: Confirmado: el segundo refuerzo del DIM llegó desde Cali, ¿quién es y por cuánto tiempo firmó contrato?

“No es posible acceder a la solicitud del recurrente, pues lo único que se pudo probar fue que el empleo de objetos inflamables ocurrió de manera generalizada desde la Tribuna Norte”, señala la resolución 069 de 2025.

Además, el Comité aclaró que los elementos de prueba presentados por el club (fotos y videos) no son concluyentes, ya que no permiten verificar con certeza el tiempo, modo y lugar exacto de los hechos. <br />
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¿Qué castigo deberá cumplir el DIM?

Con esta decisión, se mantiene la sanción de seis fechas de suspensión parcial de plaza, distribuidas así:

- Tribuna Norte completa

- Tribuna Oriental (sectores 8, 9 y 10)

- Tribuna Noroccidental (sector 1)
- Tribuna Occidental (Sector 15)

Además, el club deberá pagar una multa de once salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, 15.685.500 pesos.

¿Qué sigue para el DIM?

La decisión del Comité Disciplinario es definitiva en esta instancia. No habrá modificación de la sanción y el club deberá cumplir las seis fechas de castigo tal como fueron estipuladas.

El “poderoso” tendrá que reorganizar su logística para los próximos partidos como local, ya que la medida afectará directamente el aforo en las tribunas sancionadas y los ingresos por taquilla. Además, deberá mantener los esfuerzos de seguridad y convivencia para evitar futuras sanciones.

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