La Alianza Verde aprobó la escisión de la representante Catherine Juvinao. La congresista por Bogotá la solicitó después de que estuvo en contra de la decisión de la colectividad de adherir a la campaña de Iván Cepeda.
“Es la oportunidad de reunificar al centro progresista y sentar una plataforma que le dé contenido, horizonte y hoja de ruta. ¡Vamos que vamos!”, escribió Juvinao en su cuenta de X.
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De la Alianza Verde también hicieron la solicitud el senador Jota Pe Hernández, el concejal de Bogotá Julián Sastoque, entre otros.
Juvinao hace parte del ala independiente de los Verdes. Cuando el partido anunció su apoyo a Cepeda a mediados de abril, amenazando con sanciones internas a quienes no lo apoyaran, Juvinao dijo que no votaría por el candidato del Pacto Histórico y que pretendía seguir representando a su electorado “que es de centro en Bogotá, que estoy absolutamente convencida no se ve representado en esta decisión”.
Ahora, ¿qué significa una escisión? ¿Qué sigue en el proceso? Ximena Echavarría, abogada experta en derecho electoral, explicó en qué consiste y cuáles son los pasos a seguir.
“La escisión es como un proceso de divorcio; cuando hay personas incómodas en un partido lo natural es que se puedan separar, en ese sentido se concibe a los partidos políticos como sociedades o empresas”, explicó Echavarría.
“Los partidos en sus estatutos definen cómo se llevan a cabo los procesos de escisión: cómo se establecen las mayorías, quiénes pueden votar. Una vez se toma la decisión bajo los requisitos que establecen los estatutos de cada partido, este debe enviarla ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), para su aprobación”, agregó.
De aprobarse esa escisión, surge un nuevo partido político, explicó Echavarría.
“El CNE debe aprobar, y con esa aprobación nace un nuevo partido político con una nueva personería jurídica. Con esa decisión, tiene que allegar al CNE el partido escindido la información de estatutos, nombre del partido, logo símbolos, listado de afiliados, para expedir la resolución y se incluya en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos - RUPYM”.
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