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Dian y Fiscalía imputarán penalmente a más de 11.000 contribuyentes por no pagar IVA y retenciones

La Dian y la Fiscalía imputarán cargos penales a más de 11.000 contribuyentes por no consignar IVA, retenciones ni el Impuesto Nacional al Consumo.

  • El mensaje de la Dian es contundente: retener impuestos no le da derecho a quedarse con ellos. Si usted recauda IVA o retención en la fuente, debe entregar esos recursos al Estado. No hacerlo es un delito, no una omisión administrativa. FOTO: Colprensa y Dian.
    El mensaje de la Dian es contundente: retener impuestos no le da derecho a quedarse con ellos. Si usted recauda IVA o retención en la fuente, debe entregar esos recursos al Estado. No hacerlo es un delito, no una omisión administrativa. FOTO: Colprensa y Dian.
hace 5 horas
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La paciencia se acabó. Más de 11.000 contribuyentes están a punto de ser judicializados por no transferir al Estado el dinero que recaudaron por concepto de Retención en la Fuente, IVA o Impuesto Nacional al Consumo (INC).

Así lo confirmó este lunes 14 de julio la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), que lanzó una ofensiva sin precedentes contra la evasión fiscal en alianza con la Fiscalía General de la Nación.

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Según la autoridad tributaria, los investigados habrían cometido el delito de omisión del agente retenedor o recaudador, contemplado en el artículo 402 del Código Penal, lo que implica penas de prisión entre 48 y 108 meses, y multas que pueden llegar al doble del valor no consignado, sin superar los $50.794 millones.

En total, los recursos no entregados al Estado suman $697.000 millones. Y lo peor: muchos de estos contribuyentes ya habían sido citados por la Dian durante la gran Jornada Nacional de Cobro en junio, pero ignoraron la última oportunidad para saldar sus deudas y evitar el proceso penal.

Calendario de declaración de renta 2025.
Calendario de declaración de renta 2025.

¿Qué está en juego? Cárcel, millonarias multas y cero beneficios

Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la Dian, fue claro y directo: “Es lamentable que más de 11 mil personas hayan dejado pasar esta posibilidad. El proceso penal continuará sin suspensión y sin posibilidad de beneficios judiciales adicionales”.

La Dian insiste en que los impuestos recaudados por agentes retenedores no son plata propia. Es dinero del Estado. Y no consignarlo es un delito grave, no un simple olvido. Esto aplica también para personas naturales que actúan como responsables tributarios dentro de empresas, sociedades o entidades.

Conozca más: ¿Debe declarar renta en 2025? Mire aquí las fechas clave y evite sanciones

¿Qué acciones vienen? Embargos masivos, visitas sorpresa y más denuncias

El endurecimiento de las medidas no termina con las imputaciones. Durante el segundo semestre de 2025, la Dian desplegará un plan de cobro intensivo y continuo, con más tecnología y más músculo operativo. Ya no habrá jornadas mensuales limitadas: el cobro será constante, sin tregua.

Estas son las medidas previstas solo para julio:

-11.000 visitas a contribuyentes que deben más de $1,3 billones.

-6.140 embargos de bienes, cuentas, facturas y acciones, por $1,2 billones.

-1.830 embargos de créditos, apalancados en el sistema de facturación electrónica, por $400.000 millones.

-Envío de denuncias penales por deudas que suman $185.000 millones, que ya están en manos de la Fiscalía.

Entérese más: Recaudo tributario creció 9,4%, pero está por debajo de la meta de la Dian

Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la Dian.
Luis Eduardo Llinás Chica, director general (e) de la Dian.

Balance de junio: algunos respondieron al llamado... pero no fueron suficientes

Durante la jornada de cobro del mes pasado, 3.690 contribuyentes sí atendieron el llamado y ayudaron a recuperar más de $730.000 millones. Un alivio parcial para las finanzas públicas, aunque muy por debajo del universo total de evasores.

Las ciudades con mayor número de citados fueron Medellín: 2.686, Cali: 2.204, Barranquilla: 1.627, y Bogotá: 1.000.

¿Y las que mejor respondieron al llamado? Quibdó: 69,81%, Leticia: 66,67%, Santa Marta: 30,75%, y Barrancabermeja: 30,25%.

Lea aquí: La Dian y la Fiscalía citaron a más de 20.000 morosos este martes para evitar embargos

¿Qué dice la norma y por qué no se puede improvisar con la DIAN?

La Dian recordó que el artículo 402 del Código Penal no deja lugar a dudas: apropiarse del dinero recaudado por impuestos es un delito penal. Es decir, si una empresa o persona recauda IVA, retención o INC en sus ventas o pagos, debe transferir esos recursos al Estado sin demora.

De no hacerlo, se expone a cárcel de 4 a 9 años (48 a 108 meses), multas hasta por el doble del valor no consignado, investigación penal sin beneficios judiciales, ni suspensiones.

¿Cómo verificar su estado con la Dian?

Para evitar sorpresas, la Dian recomienda a todos los contribuyentes revisar su situación tributaria en su portal oficial o ingresar directamente a este enlace para consultar su estado de cuenta: https://cutt.ly/HrvNKfPi

Allí puede verificar si tiene deudas, procesos coactivos activos o requerimientos pendientes. No espere a que lleguen los embargos o la Fiscalía.

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