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El enfoque de género en las decisiones judiciales

“La justicia no puede seguir mirando hechos aislados de la realidad. Cuando se omite el contexto, se distorsiona la verdad”.

hace 2 horas
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  • El enfoque de género en las decisiones judiciales
  • El enfoque de género en las decisiones judiciales

Por Natalia Zuluaga Rivera - nataliaprocentro@gmail.com

El enfoque de genero busca reconocer y corregir distintas formas de discriminación que han recaído históricamente sobre las mujeres. Los servidores judiciales tienen el deber de incorporar en sus decisiones, un enfoque diferencial que permita visibilizar condiciones que históricamente han discriminado y vulnerado derechos de mujeres víctimas de Violencias Basadas en Genero - VBG.

Sin embargo, como abogada penalista, es preciso entender que el enfoque de género, no puede convertirse en herramienta para disminuir el estándar probatorio, ni para facilitar la tarea investigativa de la fiscalía, por el contrario, este enfoque debe encaminarse a que los servidores judiciales tengan particular atención frente a prejuicios de orden patriarcal y machistas a la hora de realizar un razonamiento probatorio y adelantar una investigación.

Resulta relevante la reciente decisión de la Sala de Casación Penal (SP087 de 2026), que revisó un caso en El Carmen de Bolívar en 2011. Los hechos giran en torno a la entrega de una recién nacida por parte de su padre y una partera a una desconocida a cambio de dinero, conducta que fue investigada como tráfico de menores. Lo verdaderamente significativo de esta decisión no radica únicamente en la conducta frente a la niña, sino en aquello que el sistema de justicia decidió no ver: La mujer víctima.

La Corte fue categórica en señalar que las autoridades que conocieron del caso (Fiscalía, jueces y magistrados), omitieron analizarlo desde las relaciones asimétricas de poder y la debida diligencia reforzada. Ignoraron que la madre de la menor era una mujer con discapacidad mental, expuesta a un contexto de dominación, abusos y explotación por parte de su compañero permanente. Esta omisión, desconoció la realidad estructural en la que ocurren muchos delitos contra mujeres, y la limitada capacidad del Estado para responder integralmente frente a las VBG.

La Fiscalía se concentró en investigar el delito de tráfico de menores, y redujo la situación de la mujer a un contexto accesorio y descartable, cuando se describía un escenario de sometimiento y abuso continuado, dejando a un lado las posibles VBG de las que pudo ser víctima la mujer, y esta invisibilización es lo que el enfoque de género busca evitar.

La decisión del juez de primera instancia que absolvió al acusado, reflejó desconocimiento del enfoque de genero. Consideró que la entrega de la menor obedecía a condiciones de precariedad y a la intención de ofrecerle una mejor vida. Desconoció el interés superior del menor y el contexto de vulnerabilidad extrema en el que se encontraba la madre. No se trataba de una simple decisión económica, sino de un escenario atravesado por desigualdades estructurales. Finalmente, el Tribunal corrigió parcialmente la sentencia y condenó al reconocer que la entrega de la niña a cambio de dinero constituía conducta dolosa que cosificaba a la menor y se configuraba el delito de tráfico de menores, sin embargo, la pena atenuada volvió a desconocer la gravedad en el contexto de VBG.

“La justicia no puede seguir mirando hechos aislados de la realidad. Cuando se omite el contexto, se distorsiona la verdad. La falta de debida diligencia reforzada en casos que involucran violencia contra mujeres no solo debilita la investigación, sino que propicia la impunidad”.

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