Luego de que el expresidente Álvaro Uribe Vélez fue condenado a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno a testigo en actuación penal, la decisión ha generado un fuerte debate en el ámbito político y jurídico de Colombia.
La juez 44 penal del Circuito de Bogotá, Sandra Heredia, no solo impuso la pena, sino que ordenó la detención inmediata del exmandatario. La defensa de Uribe anunció que apelará el fallo de 1.114 páginas ante el Tribunal Superior de Bogotá.
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El veredicto provocó una inmediata ola de reacciones, siendo una de las más contundentes la del Grupo de los 38, una asociación de juristas o abogados que expresó su “profunda preocupación y desconcierto” por la detención inmediata.
Dentro del grupo de abogados están Ángela María Orozco, Pablo Arteta, Everth Bustamante, Germán Calderón España, Gustavo Castro Guerrero, Rodrigo Escobar Gil, José Alfredo Escobar Araújo, Francisco José Lloreda, María Clara Posada Caicedo y Luis Camilo Osorio, entre otros.
Las críticas de los juristas al fallo
El comunicado del grupo de expertos señaló que la decisión de la juez contraviene los estándares internacionales y constitucionales al privar de la libertad a Uribe antes de que la sentencia esté en firme. La medida, según ellos, no tiene justificación legal.
“De acuerdo con estos parámetros, no existen en derecho motivos legítimos que justifiquen la privación de libertad del señor expresidente Uribe”, aseguraron los juristas.
El grupo sostuvo que la prisión preventiva es una medida excepcional que atenta contra el principio de presunción de inocencia y solo debe aplicarse en casos de riesgo de fuga o de obstrucción a la justicia.
Asimismo, argumentan que, dado que el expresidente asistió a todas las diligencias judiciales, estas condiciones especiales no se cumplen en su caso ni debe ser tratado así.
Además, calificaron de “incomprensible” que la juez justificara la detención por supuestos “actos dilatorios” de la defensa. Los juristas enfatizaron que ejercer los recursos legales es un derecho fundamental y no una estrategia para retrasar el proceso.
“El ejercicio pleno del derecho de defensa es una garantía procesal que no puede ser interpretada como una estrategia dilatoria que justifique la detención preventiva”, advirtieron.
Para ellos hubo “vulneración del principio de igualdad”
Los juristas también denunciaron una supuesta “clara vulneración del principio de igualdad ante la ley”, al comparar el caso de Uribe con otros procesos similares en los que los acusados se han defendido en libertad.
A su juicio, la falta de justificación para una medida tan extrema sugiere que la decisión no se basó en razones estrictamente jurídicas como lo han hecho ver hasta ahora a la opinión pública.
“Muy por el contrario, esta decisión indica la politización del juicio”, afirmaron los abogados, poniendo en duda la imparcialidad de la juez, y quien según expertos no leyó “bien” la sentencia.