La Jurisdicción Especial para la Paz ordenó arresto inmediato contra el teniente coronel Jorge Emerson Melgarejo Escobar, director de la Escuela de Logística del Ejército, por permitir una excavación no autorizada en un predio protegido por medida cautelar en la localidad de San Cristóbal, en Bogotá, donde se presume la existencia de sitios de inhumación de personas desaparecidas durante el conflicto armado.
Según concluyó la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, Melgarejo incurrió en desacato al no garantizar la protección del terreno, a pesar de haber sido advertido previamente por la jurisdicción transicional.
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La intervención se registró el 3 de febrero, cuando el equipo forense de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) halló una excavación reciente en uno de los quince puntos de interés forense definidos para la búsqueda de víctimas de desaparición forzada. En el lugar fueron encontradas palas, una camiseta con insignias militares y otros elementos.
La JEP explicó que esta alteración “es irreversible” y afecta directamente los derechos de los familiares de las víctimas, quienes llevan más de tres décadas buscando a su ser querido. Además, advirtió que la intervención podría dificultar la aplicación de técnicas forenses modernas en el área afectada.
La Jurisdicción también ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que se investigue si el coronel Juan Gabriel Toro, quien dirigió la escuela hasta diciembre de 2024, y otros militares incurrieron en faltas penales o disciplinarias por su participación en una jornada de arborización realizada dentro del terreno protegido en octubre y noviembre de 2024.
Por otro lado, la JEP rechazó la solicitud del Ministerio Público de vincular al incidente a un sargento viceprimero y dos soldados, al considerar que no tenían responsabilidad directa en el desacato.
Durante el proceso, el teniente coronel Melgarejo alegó que la orden de abrir el hueco fue emitida por el suboficial Ronald Durán Páez para enterrar residuos biológicos, sin autorización de los mandos. No obstante, la JEP concluyó que existió falta de control efectivo sobre las actividades en el predio, responsabilidad directa del director de la escuela.
El tribunal transicional aclaró que no hubo dolo en su actuación, pero sí una “culpa por negligencia” frente a una situación previsible que pudo evitarse. También desvinculó del proceso al exministro de Defensa Iván Velásquez Gómez y al coronel Johan Slead Gelvez Peña, comandante del Batallón de Contrainteligencia, al no encontrar pruebas de su participación en los hechos. El oficial deberá pagar tres días de arresto y una multa de diez salarios mínimos.
La medida cautelar sobre el predio fue adoptada en septiembre de 2024 a solicitud del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), tras un testimonio que alertó sobre posibles sitios de inhumación clandestina. La JEP recalcó que estas medidas buscan garantizar el derecho a la verdad, la justicia y la no repetición.
“La zozobra frente a la desaparición forzada se incrementó con la posibilidad de que ya no se pueda establecer si en el sitio alterado estaba el cuerpo”, concluyó la magistratura.