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Con reforma laboral, Colombia podría pasar a ser de los países latinos que pagarían el recargo nocturno más temprano

Brasil, Argentina y México tienen jornadas nocturnas en horas más tarde. Aquí los detalles.

  • Los horarios y por ende, los recargos nocturnos, varían en los países de Latinoamérica. FOTO: Camilo Suárez
    Los horarios y por ende, los recargos nocturnos, varían en los países de Latinoamérica. FOTO: Camilo Suárez
hace 2 horas
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Este 26 de mayo se espera que la resucitada reforma laboral sea radicada en la Comisión Cuarta del Senado. Este proyecto de ley propone modificar el horario nocturno y con ello, Colombia se podría ubicar con uno de los sistemas laborales con jornada nocturna más temprana.

Hay que tener en cuenta que en dicha comisión cursarán dos ponencias. Una ya fue radicada y obedece a una opción alternativa que radicó la senadora del Pacto Histórico, Aída Avella.

En esa ponencia la jornada nocturna laboral se propone a partir de la 6:00 de la tarde, que fue la propuesta inicial del Gobierno Nacional en su texto original y, también, como se incluyó en la consulta popular que se hundió el pasado 14 de mayo en la plenaria del Senado.

Lea igual: Así cobraría los recargos un trabajador si se aprueba la reforma laboral

La otra ponencia es la que cuenta con apoyo mayoritario en la Comisión Cuarta. Es el texto principal y aseguran que cuenta con un mayor consenso con los gremios.

En ese articulado se incluiría una jornada nocturna a partir de las 7:00 de la noche. Ese fue un acuerdo que se logró en el trámite de la reforma laboral en Cámara de Representantes en su segundo debate y antes de ser radicada en Comisión Séptima del Senado, donde se hundió.

En esta última propuesta también se incluye un salvavidas para pequeñas y medianas empresas, que se excluirían de este cambio en la jornada nocturna para evitarles mayores costos.

En ese orden, Colombia podría llegar a establecer una jornada nocturna a partir de un horario más temprano en comparación con varios de sus pares en América Latina.

Jornada nocturna en otros países

En Argentina, por ejemplo, está regulada por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744). Según esta normativa, el trabajo nocturno comienza a las 9:00 de la noche y finaliza a las 6:00 de la mañana del día siguiente.

La ley establece que la duración de la jornada nocturna en ese país no puede exceder las 7 horas por día (equivalentes a 8 horas diurnas), debido al mayor esfuerzo que implica trabajar en ese horario.

En Brasil hay una diferenciación para la ciudad y el campo. Para los trabajadores urbanos, el horario nocturno se considera entre las 10:00 de la noche y las 5:00 de la mañana del día siguiente.

En el caso de los trabajadores rurales, el horario nocturno comienza a las 8:00 de la noche en zonas agrícolas y a las 9:00 en zonas pecuarias. Esta regulación busca compensar los efectos del trabajo en horarios con mayor desgaste físico y social.

En México, la jornada laboral nocturna está regulada por la Ley Federal del Trabajo. Según el Gobierno de ese país, se establece que el trabajo nocturno comprende el periodo entre las 8:00 de la noche y las 6:00 de la mañana del día siguiente.

Hay que tener en cuenta que la ley no estipula un recargo obligatorio para el trabajo nocturno general en ese país; sin embargo, sí se aplican recargos por horas extras y pueden existir convenios o contratos colectivos que otorguen pagos adicionales por laborar en este horario.

Un sistema laboral que sería similar al colombiano es el de Ecuador. Allí los trabajadores reciben un recargo nocturno entre las 7:00 de la noche y las 6:00 de la mañana del día siguiente.

La duración máxima de esta jornada es de 7 horas diarias, y no debe exceder las 35 horas semanales. El trabajo realizado en este horario tiene un carácter especial, ya que implica un recargo del 25 % sobre el salario por hora ordinaria.

Panamá tiene el horario nocturno más cómodo

Si bien, Panamá es considerado un país de Centro América, hay que decir que tiene uno de los horarios nocturnos laborales más cómodos del mundo.

El artículo 30 y 31 del Código del Trabajo de ese país instaura que la jornada nocturna para los empleado comienza a las 6:00 de la tarde y se extiende hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.

Se espera que esta semana arranque el debate de la reforma laboral en el Congreso de la República. Los senadores tienen plazo hasta el 20 de junio para debatir el proyecto.

Lea también: Estos son los puntos clave de la ponencia alternativa de la reforma laboral del Pacto Histórico

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