Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

Los criterios que exige el Consejo de Estado para fijar el nuevo salario mínimo: alza estaría entre 6% y 7%

El Consejo de Estado suspendió el aumento del salario mínimo de 23,78% decretado en 2025 y ordenó expedir, en ocho días, un nuevo acto ajustado a criterios legales.

  • En calidad de medida cautelar, el Consejo de Estado ordenó a las entidades demandadas que, en un plazo máximo de ocho días calendario contados desde la notificación de la providencia, expidan y publiquen un nuevo decreto. Foto: Archivo
    En calidad de medida cautelar, el Consejo de Estado ordenó a las entidades demandadas que, en un plazo máximo de ocho días calendario contados desde la notificación de la providencia, expidan y publiquen un nuevo decreto. Foto: Archivo
hace 29 minutos
bookmark

El Consejo de Estado adoptó una medida cautelar que suspende los efectos del decreto que fijó el aumento del salario mínimo para 2026 en 23,78%. La decisión deja en pausa el ajuste mientras se estudia de fondo la demanda que cuestiona su legalidad.

Además, el alto tribunal ordenó al Gobierno expedir, en un plazo máximo de ocho días, un nuevo acto administrativo de carácter transitorio, que cumpla con los parámetros legales y constitucionales vigentes.

La determinación se produce en medio de un intenso debate jurídico y técnico sobre la forma en que se definió el incremento salarial a finales de 2025.

En su decisión, el Consejo de Estado fijó los lineamientos que deberán considerarse para establecer el nuevo salario mínimo transitorio.

El principal parámetro será la inflación real de 2025, medida a través del índice de precios al consumidor (IPC) entre el 1.º de enero y el 31 de diciembre de ese año. Este indicador será determinante para calcular el ajuste que permita preservar el poder adquisitivo de los trabajadores.

El tribunal también ordenó incorporar otros criterios establecidos por la ley: la meta de inflación proyectada para 2026, la productividad oficial certificada, la participación de los salarios en el ingreso nacional y el crecimiento del producto interno bruto (PIB). Todos estos elementos deberán integrarse en la discusión técnica que sustente el nuevo decreto.

Uno de los puntos centrales del debate gira en torno a la fórmula de cálculo basada en la suma de inflación y productividad.

Varios demandantes sostuvieron que la fórmula legal adecuada consiste en adicionar la inflación causada en 2025 (5,30%) y la productividad total de los factores (0,91%). Bajo ese método, el incremento resultante sería de 6,21%.

Centros de análisis económico como Fedesarrollo y la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (ANIF) coinciden en que ese 6,21% se ubica dentro de un rango técnicamente negociable.

Según sus estimaciones, el “techo técnico” para la discusión estaría entre el 6% y el 7%, un intervalo que, en su concepto, permitiría equilibrar la protección del ingreso real de los trabajadores con las condiciones macroeconómicas del país.

Noticia en desarrollo...

Club intelecto

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida