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ICBF responde a la Defensoría por polémica sobre el lenguaje institucional: “No pretendemos borrar a las niñas”

La Defensoría pidió precisar las directrices del ICBF sobre el uso de “niñas”, “niños”, “adolescentes” y “niñez”.

  • La Defensoría pidió al ICBF aclarar sus reglas para nombrar a niñas, niños y adolescentes en documentos. FOTO: ICBF
    La Defensoría pidió al ICBF aclarar sus reglas para nombrar a niñas, niños y adolescentes en documentos. FOTO: ICBF
hace 1 hora
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La Defensoría del Pueblo solicitó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el 25 de agosto, explicar las directrices que regulan el lenguaje utilizado por la entidad para referirse a niñas, niños y adolescentes, luego de que se conociera una instrucción atribuida a la Regional Huila para emplear la expresión “niños y adolescentes” sin mencionar de forma explícita a las niñas.

La solicitud fue dirigida por la defensora del Pueblo, Iris Marín, a la directora del ICBF, María Carolina Restrepo, con el propósito de establecer qué orientación está vigente, quién la impartió, cuándo fue adoptada y si tiene aplicación nacional o regional.

La controversia se relaciona con el uso de expresiones como “niñez” y “niños y adolescentes” en las comunicaciones oficiales del Instituto. La directora del ICBF ha señalado que el conceptoniñez” incluye tanto a niños como a niñas. La Defensoría, sin embargo, pidió precisar el alcance de esa interpretación y determinar si existe una instrucción específica para modificar la forma en que se menciona a esta población.

Para el organismo, el asunto no se limita a una decisión gramatical. En la comunicación enviada al ICBF se plantea que el lenguaje empleado por las instituciones puede incidir en la forma en que determinados grupos son reconocidos o visibilizados.

“Esta discusión trasciende una cuestión exclusivamente gramatical o de estilo”, señala la Defensoría.

El documento también cita pronunciamientos de la Corte Constitucional relacionados con el papel del lenguaje en la construcción de realidades sociales y su posible incidencia como elemento de inclusión o exclusión. La Defensoría recuerda que el alto tribunal se ha referido al uso del masculino como referente universal cuando este puede contribuir a invisibilizar a las mujeres.

La perspectiva de género y las situaciones que afectan a las niñas

La Defensoría fundamentó parte de su solicitud en el artículo 12 de la Ley 1098 de 2006, que establece la incorporación de la perspectiva de género en los ámbitos en los que se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, con el objetivo de avanzar en la equidad.

Según el organismo, la mención expresa de las niñas también permite identificar situaciones que pueden afectarlas de manera específica o desproporcionada. Entre ellas se encuentran:

Violencia sexual. Explotación. Uniones tempranas. Embarazo forzado o adolescente. Trata. Otras formas de violencia basada en género.

La Defensoría considera que identificar de manera diferenciada estas situaciones permite caracterizar las afectaciones y establecer desigualdades que pueden quedar menos visibles cuando la información no se desagrega.

Nombrarlas y desagregar la información no es ornamental”, sostiene la entidad.

A partir de este planteamiento, el organismo señaló que una directriz general que elimine la referencia explícita a las niñas podría, dependiendo de su alcance y aplicación, dificultar la identificación de determinadas formas de violencia y de las condiciones particulares que enfrenta esta población.

Los puntos sobre los que la Defensoría pidió información

La solicitud presentada por Iris Marín contempla varios aspectos relacionados con la orientación lingüística del ICBF. En concreto, la entidad pidió:

Precisar cuál es la directriz vigente para utilizar las expresiones “niñas”, “niños”, “adolescentes” y “niñez” en las comunicaciones, documentos y demás contenidos institucionales.Informar si la orientación tiene alcance nacional o regional, qué autoridad la impartió y cuándo fue adoptada.Entregar copia de las circulares, comunicaciones, correos, lineamientos u otros documentos mediante los cuales se haya emitido o difundido la instrucción. Explicar cuáles fueron los fundamentos técnicos, jurídicos, de derechos humanos, de género y comunicativos considerados para establecer la orientación.

La Defensoría también preguntó si el ICBF analizó la compatibilidad de esas directrices con la perspectiva de género contemplada en la Ley de Infancia y Adolescencia y con la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Otro de los asuntos planteados fue el posible efecto de la orientación sobre la visibilización y el reconocimiento de las niñas, así como sobre la identificación de las afectaciones diferenciadas que pueden experimentar. En ese sentido, el organismo preguntó si el Instituto contempla revisar, precisar o modificar las instrucciones.

Respuesta del ICBF

Ante la solicitud, el ICBF indicó que entregará la respuesta a la Defensoría del Pueblo dentro de los términos establecidos por la ley.

La entidad también rechazó que su orientación tenga como propósito excluir a las niñas de sus comunicaciones institucionales y afirmó que no pretende “borrar a las niñas del lenguaje institucional” ni excluir o vulnerar a esta población.

La respuesta deberá permitir establecer cuál es el alcance de las directrices cuestionadas, si corresponden a una decisión regional o institucional y cuáles fueron los criterios utilizados para su adopción.

Con la solicitud radicada el 25 de agosto, la Defensoría busca determinar si las orientaciones del ICBF sobre el uso de estas expresiones son compatibles con las obligaciones relacionadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y con la incorporación de la perspectiva de género.

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Bloque de preguntas y respuestas:

1. ¿Qué le pidió la Defensoría del Pueblo al ICBF sobre el uso de “niñas”, “niños” y “adolescentes”?
La Defensoría pidió al ICBF precisar cuál es la directriz vigente para utilizar estos términos en sus comunicaciones y documentos institucionales, además de explicar su alcance y fundamentos.
2. ¿Cuándo presentó la Defensoría su solicitud al ICBF?
La solicitud fue radicada el 25 de agosto de 2026 por la defensora del Pueblo, Iris Marín, ante la directora del ICBF, María Carolina Restrepo.
3. ¿La directriz del ICBF para usar “niños y adolescentes” es nacional o regional?
La Defensoría pidió al ICBF aclarar si la orientación tiene alcance nacional o regional. La información disponible en la noticia señala que la instrucción habría sido impartida en la Regional Huila, pero no establece que sea una directriz nacional.
4. ¿Qué documentos debe entregar el ICBF a la Defensoría sobre esta directriz?
La Defensoría solicitó copias de las circulares, comunicaciones, correos, lineamientos u otros documentos mediante los cuales se haya impartido o comunicado la orientación.

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