El presidente estadounidense, Donald Trump, aseguró que “el régimen venezolano ha sido designado como una organización terrorista extranjera” por su administración.
El mandatario aseguró este martes en su red social Truth Social que el “régimen ilegítimo” de Nicolás Maduro “está usando petróleo de campos petroleros robados para financiarse a sí mismo, el narcoterrorismo, la trata de personas, el asesinato y el secuestro”.
La figura de “organización terrorista extranjera” (Foreign Terrorist Organization, FTO) está contemplada en la legislación estadounidense y conlleva una serie de consecuencias legales automáticas.
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Estados Unidos incluye en esta lista a grupos islamistas, separatistas, guerrillas y más recientemente pandillas y organizaciones de la droga de Latinoamérica.
De acuerdo con la norma, una organización designada como FTO puede solicitar una revisión judicial de la decisión ante el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito del Distrito de Columbia, siempre que lo haga dentro de los 30 días siguientes a la publicación oficial de la designación en el Registro Federal.
En el ámbito penal, la ley estadounidense establece que es ilegal que cualquier persona en Estados Unidos, o sujeta a la jurisdicción del país, proporcione de manera consciente “apoyo material o recursos” a una FTO designada.
Esto incluye una amplia gama de bienes y servicios que abarcan desde dinero y servicios financieros hasta entrenamiento, asesoría, transporte, equipos de comunicación, armas, explosivos o personal, entre otros, con la excepción de medicamentos y materiales religiosos.
La designación también tiene consecuencias migratorias. Los representantes y miembros de una FTO que sean extranjeros se consideran inadmisibles en territorio estadounidense y, en determinadas circunstancias, pueden ser objeto de procesos de deportación.
Además, cualquier institución financiera de Estados Unidos que tenga conocimiento de que posee o controla fondos en los que una organización terrorista designada, o alguno de sus agentes, tenga un interés, está obligada a retener dichos recursos y reportarlos a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro.
Según el Departamento de Estado, otros efectos de la designación es estigmatizar e aislar internacionalmente a las entidades señaladas, disuadir donaciones y transacciones económicas con ellas, aumentar la conciencia pública sobre sus actividades y enviar un mensaje directo a otros gobiernos sobre las preocupaciones de Estados Unidos.
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